ALUMNOS




PRACTICAS PROFESIONALES


      “El conjunto de actividades y quehaceres propios de la formación profesional para la aplicación del conocimiento y la vinculación en el entorno social y productivo” (Capítulo Primero, Artículo 2º, inciso I del Reglamento General para la Prestación de Prácticas Profesionales).

Las Practicas Profesionales, se pueden iniciar una vez cursado 70% de los créditos (Capítulo Sexto, Artículo 19 del citado reglamento).
Los objetivos Según el Artículo 3ro. del Reglamento General para la Prestación de Prácticas Profesionales éstas tienen los objetivos siguientes:


I. Contribuir a la formación integral del alumno a través de la combinación de conocimientos teóricos adquiridos en el aula con aspectos prácticos de la realidad profesional
II. Coadyuvar en la formación del alumno con el fin de desarrollar habilidades y competencias para diagnosticar, planear, evaluar e intervenir en la solución de problemas de la vida profesional, de conformidad con el perfil de su carrera
III. Ser fuente de información permanente para la adecuación y actualización de los planes y programas de estudio
IV. Fortalecer y consolidar la vinculación de la Universidad con el entorno social y productivo


Las unidades académicas serán responsables de coordinar la planeación, organización, supervisión, seguimiento, evaluación y control de la realización de las prácticas profesionales en sus respectivos programas, de conformidad con las disposiciones contenidas en el mencionado reglamento.

Quedan exceptuados de las disposiciones del Reglamento General para la Prestación de Prácticas Profesionales, las prácticas profesionales que realicen los alumnos de las unidades académicas que impartan carreras que estén sujetas a alguna regulación pública especial.

Si desea obtener mayor información acerca de las Prácticas Profesionales, favor de dirigirse con el Coordinador de Prácticas Profesionales en su Unidad Académica o en su defecto, al Área de Formación Profesional y Vinculación Universitaria del Campus.